El proyecto de ley 293/23 Senado, una de las banderas de campaña y de gobierno
del Presidente PETRO, es bien agridulce.
Entre sus banderas, además de solucionar las dificultades financieras del sistema
están: superar los “profundos niveles de desigualdad”, la “ampliación de la
cobertura” y la búsqueda de cosas tan poéticas como la “economía plateada” o
tan inescrutables como la “consolidación de derechos”.
Por supuesto, nadie en su sano juicio puede estar en contra de resolver los
problemas financieros del sistema o de ampliar la cobertura. El problema está en el
cómo y a costa de quiénes. En matemáticas no han inventado que sepamos nada
distinto de aumentar ingresos y disminuir erogaciones.
AUMENTAR INGRESOS. La doctrina nos dice que se consigue fundamentalmente
con la ampliación en el número de cotizantes y en el monto de las cotizaciones
incluido parafiscales; persiguiendo la evasión y la elusión; haciendo transferencias;
así como mejorando el nivel de ingreso de la población. Otras medidas,
impensables en un gobierno responsable, son el endeudamiento o poner a
funcionar la imprenta del Emisor.
De los dos primeros, incremento de cotizantes y de cotizaciones, asuntos que se
debería buscar por instrumentos como la reforma laboral, muy poco o nada se
aporta. Lo que se pretende corregir con la mano (incremento de la cobertura
pensional), se borra con el codo (imponiendo toda clase de rigideces y costos
laborales que en nada promueven la generación de empleo).
En cuanto al incremento en el nivel de ingresos de la población para lograr por esta
vía más aportes, asunto macroeconómico, compete su examen a otros
instrumentos, no siendo este espacio para su análisis.
DISMINUIR EGRESOS DEL SISTEMA. Hay mecanismos muy socorridos como
aumentar la edad o el número de semanas cotizadas artificios no utilizados en esta
ocasión, o reducir el monto de la pensión como se da disimuladamente en el
proyecto al marchitar, verdadera supresión, el régimen de prima media lo que
analizaremos a continuación.
a.- La supresión del régimen de prima media. El sistema pensional, desde sus
albores (plan Beveridge inglés, ley 90 de 1946, etc.) se ha estructurado en el Estado
Benefactor acudiendo a la SOLIDARIDAD GENERACIONAL, con una edad 1 y
densidad de cotizaciones 2 que se han ido incrementando por efectos de la
evolución demográfica y con un monto predefinido de pensión que se ha reducido
por la misma razón 3.
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BENJAMÍN OCHOA MORENO.Abogado. E-mail: bochoam@gmail.com Cel: 3102346375
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